El Gobierno provincial puso en marcha una discusión que promete atravesar a la Legislatura, los municipios, el sector privado y los contribuyentes fueguinos. El Poder Ejecutivo remitió el proyecto de Ley de Financiamiento Integral del Sistema Educativo y decidió hacerlo mediante el mecanismo constitucional de tratamiento de urgencia.

El Gobierno apura el “impuestazo” educativo: nuevas cargas, recursos municipales en juego y 30 días para definirlo

El Poder Ejecutivo provincial remitió a la Legislatura, con tratamiento de urgencia, el Asunto Nº 519/26, que crea un Fondo de Financiamiento Educativo con nuevas fuentes tributarias y recursos de afectación específica. El proyecto establece un adicional del 3% de Ingresos Brutos para el Banco de Tierra del Fuego, una alícuota del 3,4% para una actividad del sector gasífero y destina al Fondo el 0,5% de toda la recaudación provincial de Ingresos Brutos, expresamente exceptuada del régimen general de distribución a los municipios. También contempla recursos provenientes del Impuesto Inmobiliario, empresas estatales, hidrógeno verde y Economía del Conocimiento. El trámite de urgencia abre una cuenta regresiva legislativa de 30 días.

Río Grande, 25 de septiembre de 2026.- El Gobierno provincial puso en marcha una discusión que promete atravesar a la Legislatura, los municipios, el sector privado y los contribuyentes fueguinos. El Poder Ejecutivo remitió el proyecto de Ley de Financiamiento Integral del Sistema Educativo y decidió hacerlo mediante el mecanismo constitucional de tratamiento de urgencia.

Se trata del Asunto Nº 519/26, ingresado a la Legislatura el 24 de septiembre, mediante el cual el Ejecutivo propone crear un nuevo régimen de financiamiento educativo y un fondo específico destinado al sistema provincial. En los fundamentos se plantea avanzar hacia políticas de Estado de largo plazo, reducir brechas sociales y territoriales, fortalecer el salario docente y garantizar infraestructura, equipamiento y recursos pedagógicos.

Pero la discusión central aparece cuando se observa de dónde pretende obtener el Gobierno los recursos para financiarlo.

 

Un 3% adicional para el Banco de Tierra del Fuego

 

El artículo 6 establece las fuentes específicas que nutrirán el Fondo. La primera es una alícuota adicional del 3% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, aplicable a todas las actividades gravadas desarrolladas por el Banco de Tierra del Fuego.

El proyecto agrega expresamente que para esta carga adicional no será aplicable la exención prevista en el artículo 209, inciso c), del Código Fiscal.

Es uno de los puntos que seguramente concentrará parte del debate legislativo, teniendo en cuenta el carácter público de la entidad financiera provincial y la incidencia que cualquier modificación tributaria podría tener sobre su estructura de costos.

 

Una alícuota del 3,4% para el sector gasífero

 

El mismo artículo incorpora una alícuota del 3,4% de Ingresos Brutos para la actividad identificada con el código 352022 del nomenclador vigente.

Este punto ya generó cuestionamientos políticos acerca de una eventual repercusión sobre los costos del servicio. Sin embargo, el texto del proyecto no establece que ese porcentaje vaya automáticamente a trasladarse a las tarifas, por lo que esa eventual consecuencia deberá analizarse separadamente y no puede darse por consumada a partir del expediente.

 

El punto que toca directamente a los municipios

 

Probablemente uno de los artículos de mayor impacto político sea el que incorpora al Fondo el 0,5% del total que recaude la Provincia en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Y el proyecto no deja dudas sobre el tratamiento de ese dinero: establece expresamente que quedará exceptuado del régimen general de distribución a los municipios.

La misma definición aparece incluso desde la creación del Fondo. El artículo 5 determina que sus recursos tendrán afectación específica y exclusiva para la jurisdicción provincial y también señala que estarán exceptuados del régimen general de distribución municipal.

Por lo tanto, el debate educativo se cruza directamente con otra discusión que viene ocupando la agenda fueguina: la distribución de recursos entre la Provincia y los municipios.

El expediente no cuantifica cuánto representarían esas sumas para Río Grande, Ushuaia y Tolhuin ni afirma que los municipios vayan a judicializar la medida. Esos aspectos deberán establecerse a partir de información de AREF y de las posiciones que adopten las administraciones municipales.

 

Hasta el 40% de mayores recursos del Impuesto Inmobiliario

 

El Fondo también podrá nutrirse con hasta el 40% de los recursos que se generen como consecuencia de modificaciones en las alícuotas o bases imponibles del Impuesto Inmobiliario.

La redacción incluye específicamente los incrementos derivados de revalúos fiscales realizados por la Provincia, siempre que sean dispuestos conforme a la normativa vigente.

A ello se agrega hasta el 10% del remanente distribuible de las utilidades de las empresas del Estado provincial, una vez cumplidas las reservas legales y demás afectaciones correspondientes.

 

Hidrógeno verde y Economía del Conocimiento

 

El Ejecutivo también mira hacia actividades económicas que podrían desarrollarse en el futuro.

El proyecto incorpora al Fondo los recursos provinciales generados como consecuencia de la explotación del hidrógeno verde, conforme a la normativa que regule la actividad.

Asimismo, contempla recursos provinciales de afectación específica que puedan generarse en el futuro mediante la promoción, radicación y desarrollo de la Economía del Conocimiento.

En este último universo incluye software y servicios informáticos, inteligencia artificial, biotecnología, industrias creativas, servicios profesionales de exportación y otras innovaciones tecnológicas desarrolladas en territorio provincial.

 

Al menos la mitad deberá ir al salario docente

 

El proyecto determina además cómo deberá utilizarse el dinero. Aquí existe una diferencia importante respecto de algunas síntesis que comenzaron a circular: los porcentajes establecidos para los principales destinos son pisos mínimos, no una distribución rígida del 100% del Fondo.

La iniciativa dispone no menos del 50% para fortalecer el salario docente; no menos del 25% para mantenimiento, servicios, mejoras y nueva infraestructura escolar; y no menos del 15% para recursos, equipamiento tecnológico y herramientas didácticas destinadas a estudiantes y docentes.

El remanente podrá ser distribuido anualmente por el Ejecutivo para contingencias, requerimientos tecnológicos emergentes o prioridades operativas exclusivamente vinculadas con el sistema educativo.

 

El cargo testigo deberá acercarse a la Canasta Básica Total

 

Otro de los artículos relevantes apunta directamente al salario docente. El proyecto establece que el Presupuesto provincial deberá prever recursos suficientes para que la remuneración correspondiente al cargo docente testigo, o su equivalente en horas cátedra, tienda progresivamente a equipararse con el valor de la Canasta Básica Total informada por el INDEC.

El texto no fija, sin embargo, un salario docente concreto ni establece una cifra determinada para la Canasta Básica Total. Por esa razón, los montos que circulan por fuera del expediente no forman parte de la letra del Asunto 519/26.

 

Del 4,5% al 7,8% del PBG en cinco ejercicios

 

La iniciativa fija además un ambicioso sendero para incrementar progresivamente la inversión educativa en relación con el Producto Bruto Geográfico provincial.

El cronograma establece 4,50% del PBG durante el primer ejercicio fiscal; 4,95% en el segundo; 5,70% en el tercero; 6,60% en el cuarto y 7,80% en el quinto.

 

Pero existe una cláusula que condiciona ese recorrido.

 

Si durante un ejercicio el PBG registra crecimiento real nulo o negativo, o se produce una disminución real de la coparticipación federal de impuestos o de la recaudación provincial, ese período no será computado dentro del plazo de convergencia.

El conteo continuará cuando vuelvan a verificarse condiciones de crecimiento real positivo.

En consecuencia, los cinco ejercicios planteados constituyen un sendero condicionado por la evolución económica y fiscal de Tierra del Fuego.

 

Un informe obligatorio dentro de los primeros 90 días

 

Hay además una obligación que tendrá el Ejecutivo si finalmente la iniciativa se convierte en ley.

Dentro de los 90 días corridos desde su entrada en vigencia, los ministerios de Economía y Educación deberán presentar ante la Legislatura un informe técnico.

Ese documento tendrá que establecer la línea de base del PBG provincial y su metodología de estimación, la evolución de la coparticipación federal y de la recaudación provincial, las brechas territoriales y socioeconómicas identificadas en materia educativa y la proyección del sendero de convergencia.

 

El reloj legislativo ya está corriendo

 

Pero posiblemente la particularidad política más importante del Asunto 519/26 no esté solamente en sus impuestos y fuentes de financiamiento, sino en cómo decidió el Gobierno enviarlo a la Legislatura.

En el mensaje que acompaña la iniciativa, el Ejecutivo solicita expresamente que se le imprima el carácter establecido por el artículo 111 de la Constitución Provincial: “Trámite de Urgencia”.

Ese mecanismo constitucional establece un plazo de 30 días desde la recepción. Si dentro de ese período el proyecto no es expresamente desechado, se tendrá por aprobado.

La Legislatura conserva la posibilidad de dejar sin efecto el tratamiento de urgencia y continuar la discusión mediante el procedimiento ordinario.

Esto significa que el Parlamento fueguino no enfrenta solamente una discusión sobre educación e impuestos. También enfrenta una cuenta regresiva.

 

Una discusión que excede al sistema educativo

 

La necesidad de encontrar una salida sostenible al financiamiento de la educación provincial difícilmente encuentre cuestionamientos en cuanto a su objetivo general. El propio proyecto pone sobre la mesa problemas concretos: salarios, infraestructura, equipamiento, tecnología y desigualdades territoriales.

La discusión política y económica estará concentrada ahora en quién aporta los recursos, cuánto aporta y qué fondos dejan de tener otro destino para pasar a financiar exclusivamente el sistema educativo.

El Asunto 519/26 propone obtenerlos mediante una combinación amplia: nuevas cargas sobre Ingresos Brutos, recursos del Banco de Tierra del Fuego, una actividad vinculada al gas, mayores ingresos del Impuesto Inmobiliario, utilidades de empresas estatales y futuros recursos del hidrógeno verde y la Economía del Conocimiento.

Y coloca dentro de esa ecuación un elemento especialmente sensible para las administraciones locales: el 0,5% de toda la recaudación provincial de Ingresos Brutos que el proyecto dispone sacar expresamente del régimen general de distribución a los municipios para incorporarlo al nuevo Fondo Educativo.

Con el tratamiento de urgencia solicitado por el Ejecutivo, el debate ya no será solamente qué hacer con el proyecto, sino también qué hará la Legislatura antes de que se cumplan los 30 días constitucionales.