El ministro del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego, Dr. Ernesto “Nené” Löffler, analizó su participación en el XI Congreso Argentino de Derecho Ambiental, realizado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, donde expuso antecedentes judiciales fueguinos vinculados con la protección de los recursos naturales. El magistrado cuestionó aspectos del estudio de impacto ambiental del proyecto petrolero Sea Lion, impulsado por Rockhopper y Navitas en aguas próximas a las Islas Malvinas, y destacó la presentación judicial realizada por la Fiscalía de Estado. También planteó la necesidad de revisar el régimen de distribución de las regalías hidrocarburíferas offshore y recuperar el debate sobre el carácter archipelágico de Tierra del Fuego y sus derechos sobre la plataforma continental.
Río Grande, 2 de noviembre de 2026.- El ministro del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Dr. Ernesto Adrián “Nené” Löffler, abordó durante una entrevista concedida al programa “La Mañana de la Tecno”, emitido por Radio Universidad 93.5 MHz, distintos aspectos relacionados con el derecho ambiental, la protección de los recursos naturales, la explotación hidrocarburífera en el Atlántico Sur y los derechos que, a su entender, corresponden a la provincia sobre las riquezas de su plataforma continental.
El magistrado repasó su reciente participación en el XI Congreso Argentino de Derecho Ambiental, desarrollado durante dos jornadas en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA), donde compartió experiencias jurisprudenciales de Tierra del Fuego y analizó las responsabilidades del Poder Judicial frente a los desafíos que plantea la preservación del ambiente.
En ese ámbito, Löffler expuso sobre tres antecedentes vinculados con la protección ambiental en territorio fueguino, entre ellos las actuaciones relacionadas con el proyecto petrolero Sea Lion, previsto en aguas del Atlántico Sur próximas a las Islas Malvinas.
Asimismo, durante la entrevista planteó la necesidad de abrir un debate institucional sobre la titularidad y distribución de los recursos hidrocarburíferos offshore, cuestionando que los ingresos generados por determinadas explotaciones marítimas sean percibidos por el Estado nacional y no por las provincias con litoral marítimo.
El derecho ambiental y la experiencia judicial fueguina
Löffler explicó que participó como expositor en el XI Congreso Argentino de Derecho Ambiental, organizado por la Fundación Expoterra y la Universidad de Buenos Aires, donde integró un panel dedicado a las experiencias provinciales y la evolución de la jurisprudencia ambiental.
“Fue un congreso realmente maravilloso, de dos días de extensión, y a nosotros nos tocó exponer en un panel de experiencias provinciales, donde hablamos de la jurisprudencia”, recordó.
El magistrado señaló que seleccionó tres casos de Tierra del Fuego para mostrar cómo las decisiones judiciales pueden contribuir a la protección de los recursos naturales y al cumplimiento de las obligaciones ambientales por parte de los organismos públicos.
Antes de abordar los antecedentes, dedicó parte de su exposición a una cuestión terminológica que consideró relevante para la precisión del lenguaje jurídico: la utilización de las expresiones “ambiente” y “medio ambiente”.
Según explicó, la segunda denominación constituye una redundancia lingüística que se difundió internacionalmente a partir de una traducción del término inglés environment, vinculada con la Conferencia de Estocolmo de 1972.
“Es un pleonasmo, es decir, equivale a sostener, por ejemplo, subo arriba, bajo abajo, salgo afuera”, sostuvo.
Löffler aclaró que la expresión “medio ambiente” se encuentra ampliamente aceptada, incluso en textos constitucionales y en el lenguaje jurídico internacional, pero consideró que resulta técnicamente más adecuado utilizar exclusivamente la palabra “ambiente”.
En ese sentido, recordó que la Constitución Nacional, reformada en 1994, utiliza esta última denominación en su artículo 41, referido al derecho de todos los habitantes a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano.
“Nosotros tenemos que hablar correctamente, somos una ciencia, la ciencia del derecho, y tenemos que utilizar términos científicos”, afirmó.
El magistrado vinculó esta cuestión con la importancia del lenguaje en la argumentación jurídica y la necesidad de que las resoluciones judiciales empleen conceptos precisos.
Los antecedentes ambientales de Ushuaia y Río Grande
Durante su exposición, Löffler repasó distintos precedentes judiciales que, según explicó, reflejan la evolución de la protección ambiental en Tierra del Fuego.
Uno de ellos estuvo relacionado con el proyecto de urbanización de aproximadamente 50 hectáreas de bosque en el sector conocido como barrio La Calue II, dentro del ejido urbano de Ushuaia.
El magistrado recordó que la iniciativa había sido impulsada mediante una ordenanza municipal, pero que durante su tratamiento se omitieron procedimientos establecidos por la legislación ambiental.
Entre ellos mencionó la realización de estudios de impacto ambiental previos, la convocatoria a audiencia pública y el procedimiento de doble lectura en el Concejo Deliberante.
Según explicó, al intervenir en la Cámara de Apelaciones le correspondió redactar el primer voto de una resolución que declaró la inconstitucionalidad de la medida por incumplimiento de requisitos previstos en normas de mayor jerarquía.
Destacó que, posteriormente, las autoridades municipales optaron por cumplir con las exigencias señaladas judicialmente, en lugar de continuar cuestionando la resolución.
Otro de los antecedentes estuvo relacionado con la contaminación de la Bahía Encerrada, Bahía Golondrina y sectores de turbales de Ushuaia.
En ese caso, recordó que una sentencia judicial estableció obligaciones para el Gobierno provincial y el Municipio vinculadas con la ejecución de obras y la implementación de infraestructura destinada a evitar nuevos episodios de contaminación.
Durante la entrevista también se mencionó un antecedente judicial de Río Grande, relacionado con tareas de saneamiento y remediación ambiental de la costa, que motivó intervenciones municipales.
Löffler destacó que, en diferentes oportunidades, los organismos públicos optaron por cumplir las decisiones judiciales sin prolongar los litigios mediante nuevas apelaciones.
“Me parece que habla de la madurez de las autoridades de los distintos gobiernos en Tierra del Fuego”, expresó.
El papel activo de los jueces en la protección del ambiente
Al analizar los antecedentes mencionados, el ministro del Superior Tribunal sostuvo que el derecho ambiental presenta características particulares respecto de otras ramas jurídicas.
En ese sentido, señaló que los magistrados deben adoptar una intervención activa para garantizar el cumplimiento de los principios establecidos por la legislación.
Entre ellos mencionó la prevención, el principio precautorio y la equidad intergeneracional.
Según explicó, la protección del ambiente exige actuar antes de que los daños se produzcan o alcancen consecuencias irreversibles, especialmente cuando se encuentran comprometidos recursos naturales de importancia para las generaciones futuras.
“El juez tiene que tomar, abandonar la suerte del tercero imparcial y ponerse como parte a los efectos de garantizar el cumplimiento de los requisitos de la ley”, manifestó al describir el papel activo que, a su criterio, corresponde a la magistratura en los procesos ambientales.
El planteo estuvo vinculado con la necesidad de asegurar la aplicación efectiva de la Ley General del Ambiente y de las normas constitucionales que reconocen el derecho a un ambiente sano.
Löffler sintetizó el objetivo de esta responsabilidad mediante una referencia a la equidad intergeneracional: “Dejar un mundo mucho mejor del que recibimos a las futuras generaciones”.
El proyecto Sea Lion y las actuaciones de la Fiscalía de Estado
Uno de los momentos centrales de la exposición del magistrado en Buenos Aires estuvo dedicado al proyecto petrolero Sea Lion, impulsado por las empresas Rockhopper y Navitas en un área marítima situada aproximadamente a 200 kilómetros al norte de las Islas Malvinas.
Löffler explicó que abordó las actuaciones judiciales iniciadas ante el Juzgado Federal de Río Grande y destacó especialmente la presentación efectuada por la Fiscalía de Estado de Tierra del Fuego, encabezada por el fiscal de Estado, Dr. Virgilio Martínez de Sucre.
El magistrado consideró que el escrito presentado por el organismo provincial constituye un documento de especial interés jurídico y ambiental.
“Me parece que hay una excelente presentación del fiscal de Estado, del equipo de la Fiscalía de Estado, dirigido por el doctor Virgilio Martínez de Sucre, una excelente presentación, vuelvo a insistir, integral, 126 páginas”, manifestó.
Incluso recomendó su lectura por la cantidad de información técnica y jurídica incorporada.
Durante su exposición en la UBA, Löffler describió los principales argumentos de esa presentación, particularmente aquellos relacionados con los estudios de impacto ambiental y los riesgos asociados con las actividades de exploración y explotación petrolera offshore.
La causa, vinculada con las actuaciones promovidas contra Rockhopper y otras empresas relacionadas con el emprendimiento, plantea interrogantes sobre las consecuencias ambientales que podrían derivarse del desarrollo hidrocarburífero en una zona de particular sensibilidad ecológica.
Cuestionamientos a los estudios de impacto ambiental
Löffler sostuvo que uno de los aspectos que más llamó su atención fue la evaluación de los posibles derrames de hidrocarburos y los plazos previstos para responder ante una contingencia de esa naturaleza.
El magistrado explicó que el proyecto contempla perforaciones marítimas a grandes profundidades, en un entorno geográfico caracterizado por condiciones climáticas y oceanográficas complejas.
En ese contexto, consideró indispensable que los estudios ambientales contemplen escenarios de riesgo realistas y mecanismos adecuados de respuesta.
Entre los recursos naturales potencialmente expuestos mencionó el krill, el calamar y otras especies que integran las cadenas alimentarias del ecosistema del Atlántico Sur.
Según explicó, la documentación examinada contempla plazos estimados de entre 21 y 29 días para determinadas tareas de respuesta o remediación ante eventuales derrames.
Löffler contrastó esas previsiones con información correspondiente al desarrollo offshore de Fénix, operado por TotalEnergies en la cuenca austral.
“Para darte un ejemplo, una comparación, la empresa Total, que está explotando el pozo Fénix, toda la cuenca ahí de Fénix, ha hecho un estudio de impacto ambiental y un cálculo similar”, explicó.
En ese caso, señaló que el plazo considerado para una contingencia comparable alcanza los 213 días.
La diferencia entre ambas estimaciones fue presentada por el magistrado como un elemento que, a su entender, merece un análisis técnico más profundo, aunque los plazos mencionados no permiten por sí solos establecer que los escenarios evaluados sean idénticos.
“Realmente me parece que hay muchas dudas sobre la seriedad, exactitud y veracidad de ese estudio de impacto ambiental que fue presentado para poder avanzar con el proyecto”, sostuvo.
Löffler aclaró que su exposición se concentró en algunos aspectos particulares de la documentación presentada por la Fiscalía de Estado, cuyo contenido consideró suficientemente amplio como para justificar un análisis detallado.
Malvinas, ambiente y estándares internacionales
Otro de los cuestionamientos formulados por el magistrado estuvo relacionado con los estándares ambientales aplicados a las actividades hidrocarburíferas en el área de las Islas Malvinas.
Löffler sostuvo que el tratamiento de esos territorios por parte del Reino Unido como territorios británicos de ultramar plantea interrogantes respecto de los criterios utilizados para evaluar los impactos ambientales de los proyectos.
Desde su perspectiva, la existencia de una controversia de soberanía reconocida internacionalmente exige especial atención a las consecuencias de actividades que pueden afectar recursos naturales compartidos y ecosistemas de alcance regional.
En ese sentido, vinculó la discusión ambiental con los derechos soberanos que reclama la República Argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y sus espacios marítimos correspondientes.
La explotación hidrocarburífera en áreas próximas al archipiélago constituye, desde esa perspectiva, una cuestión que excede los aspectos estrictamente productivos y requiere considerar sus implicancias jurídicas, ambientales y geopolíticas.
El magistrado destacó la importancia de las actuaciones promovidas por la Fiscalía de Estado fueguina como parte de los mecanismos institucionales disponibles para plantear estos cuestionamientos ante la Justicia.
La discusión sobre los recursos hidrocarburíferos offshore
En el tramo final de la entrevista, Löffler abordó otra cuestión que consideró fundamental para el futuro de Tierra del Fuego: la distribución de los ingresos provenientes de la explotación de hidrocarburos en el mar.
El magistrado retomó planteos vinculados con su anterior actividad legislativa y con el concepto de provincia archipelágica, que propone considerar integralmente la condición insular y marítima del territorio fueguino.
Según explicó, los avances tecnológicos y la expansión de la explotación offshore obligan a revisar determinados criterios históricos sobre los límites jurisdiccionales y la administración de los recursos naturales.
En ese marco, mencionó el proyecto Fénix, ubicado aproximadamente a 60 kilómetros de la costa fueguina, como ejemplo de la importancia económica de las explotaciones marítimas vinculadas geológicamente con la Isla Grande de Tierra del Fuego.
Para Löffler, resulta necesario discutir si el actual régimen de distribución de derechos sobre esos recursos refleja adecuadamente los intereses de las provincias con litoral marítimo.
“Es continuidad de la plataforma continental de la Isla Grande de Tierra del Fuego. Entonces es parte de nuestro recurso”, sostuvo.
El magistrado planteó que la discusión debe desarrollarse en el Congreso de la Nación, ámbito al que corresponde intervenir en la determinación de los límites provinciales.
Su postura supone revisar el alcance actual de las jurisdicciones y los derechos sobre los recursos del subsuelo marino, una materia regulada por normas nacionales y sujeta a distintas interpretaciones jurídicas.
El reclamo por las regalías y los recursos no renovables
Löffler también hizo referencia a la magnitud económica de la explotación hidrocarburífera offshore y cuestionó la distribución de los ingresos que genera.
Según las cifras mencionadas durante la entrevista, el Estado nacional habría percibido durante 2025 aproximadamente 113 millones de dólares en concepto de regalías vinculadas con la extracción de petróleo y gas en áreas marítimas.
El magistrado sostuvo que esos recursos deberían formar parte de una discusión más amplia sobre los derechos económicos de las provincias costeras.
“La Nación, te voy a dar un dato nada más, se llevó en 2025 113 millones de dólares de regalías del petróleo y del gas que se extrajo offshore”, afirmó.
Asimismo, señaló que una eventual expansión de las inversiones hidrocarburíferas podría incrementar considerablemente los ingresos asociados con estas actividades.
Desde su perspectiva, el actual esquema requiere una revisión que contemple la relación geográfica, geológica y económica entre las explotaciones marítimas y las provincias.
“Hay que renovar, hay que aggiornar, hay que modernizarnos. Pero bueno, es una discusión que hay que dar en el Congreso, que tiene la facultad de fijar los límites de las provincias”, expresó.
El magistrado insistió en que se trata de recursos agotables, por lo que consideró necesario debatir su administración y aprovechamiento desde una perspectiva de largo plazo.
“Son recursos no renovables, y se van a acabar en algún momento”, advirtió.
El concepto de provincia archipelágica
Durante la conversación también se recordó que Löffler había promovido, durante su etapa como diputado nacional, planteos relacionados con la configuración territorial de Tierra del Fuego como provincia archipelágica.
Esta concepción busca poner de relieve la particularidad geográfica de una provincia integrada por la Isla Grande, otros territorios insulares y espacios marítimos de especial importancia estratégica.
El magistrado consideró que la discusión sobre los recursos del Atlántico Sur debe incorporar esa realidad territorial y contemplar los cambios producidos en las actividades económicas vinculadas con el mar.
En ese sentido, cuestionó propuestas de reorganización territorial que, a su criterio, podrían desconocer las características históricas y geográficas de Tierra del Fuego.
También sostuvo que la explotación de hidrocarburos offshore constituye un ejemplo de la necesidad de actualizar el debate sobre los derechos provinciales, sin desconocer que cualquier modificación de los límites y competencias existentes requiere decisiones legislativas y constitucionales.
La protección ambiental y la soberanía como desafíos complementarios
Las reflexiones de Löffler permitieron vincular dos cuestiones que ocupan un lugar central en la agenda fueguina: la preservación de los recursos naturales y el ejercicio de los derechos soberanos sobre el Atlántico Sur.
Por un lado, el magistrado destacó la evolución de la jurisprudencia ambiental y la necesidad de que las autoridades públicas cumplan con los principios de prevención, precaución y equidad intergeneracional.
Por otro, planteó que los proyectos de explotación hidrocarburífera en áreas marítimas próximas a Tierra del Fuego requieren controles ambientales rigurosos y un debate institucional sobre la administración de los recursos económicos que generan.
Su exposición en el Congreso Argentino de Derecho Ambiental puso de relieve la importancia de las actuaciones judiciales desarrolladas en la provincia, particularmente aquellas relacionadas con la protección de ecosistemas sensibles y con los riesgos de las actividades petroleras offshore.
Al mismo tiempo, sus declaraciones sobre las regalías y la condición archipelágica de Tierra del Fuego reabrieron una discusión que involucra al Congreso Nacional, las autoridades provinciales y el régimen jurídico de los espacios marítimos argentinos.
Para Löffler, ambos debates tienen un elemento en común: la necesidad de preservar y administrar responsablemente recursos naturales estratégicos, cuya importancia económica y ambiental trasciende a las generaciones actuales.




